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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLAN202001013

COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS DE PR VS OLIVERAS TEJEIRO, FROILAN

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS DE PR VS OLIVERAS TEJEIRO, FROILAN

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLAN202001013

Año:

2021

Fecha:

3 de agosto de 2021

Resumen

El Colegio de Médicos Veterinarios apela una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró inconstitucional la Sección 5 de la Ley 107 de 1986, la cual establece la colegiación compulsoria para la práctica de la medicina veterinaria. El caso se originó cuando el Colegio demandó a varios veterinarios por supuestas prácticas ilegales, a lo que uno de ellos, el Dr. Froilán Oliveras, presentó una reconvención solicitando una sentencia declaratoria sobre la inconstitucionalidad de la colegiación obligatoria. El Tribunal de Primera Instancia denegó el injunction solicitado por el Colegio y, tras un intento de desistimiento del Colegio, continuó con la reconvención. El Departamento de Justicia intervino en el caso, apoyando la postura del Dr. Oliveras sobre la inconstitucionalidad de la colegiación compulsoria. El Tribunal de Primera Instancia evaluó las posiciones y dictó Sentencia declarando Con Lugar la reconvención del Dr. Oliveras y decretando la inconstitucionalidad de la referida sección de ley. Esta Sentencia es la que el Colegio impugna ahora ante el Tribunal de Apelaciones.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, el Juez Pagán Ocasio, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Mateu Meléndez. ¹

Mateu Meléndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de agosto de 2021. Mediante el recurso de apelación de epígrafe, el Colegio de Médicos Veterinarios (Colegio) comparece ante nos y nos solicita que dejemos sin efecto la Sentencia emitida el 14 de octubre de 2020, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama (TPI) en el caso CG2019CV02059. Por virtud de este, el TPI declaró Con Lugar la Recon...

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