Partes:
GAUTIER VEGA, NICOLAS V. COMISION ESTATAL DE ELECCIONES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000884
Año:
2020
Fecha:
30 de octubre de 2020
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende un recurso presentado por el Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático. El peticionario solicitó la revisión de una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. Dicho tribunal inferior había confirmado una Resolución de la Comisión Estatal de Elecciones. La Resolución de la CEE rechazó la objeción del PPD a la transferencia de unidades electorales en el Precinto 032, Isabela. Aunque presentado como apelación, el Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como uno de certiorari. Tras revisar el asunto, el Tribunal determinó no expedir el auto de certiorari solicitado. Esta decisión confirma efectivamente la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia y la resolución original de la Comisión Estatal de Elecciones sobre la transferencia de unidades electorales.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| NICOLÁS GAUTIER VEGA, en su capacidad como Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático Apelante v. COMISIÓN ESTATAL DE ELECCIONES Apelado HÉCTOR J. AQUINO SÁNCHEZ, como Comisionado Electoral del Partido Nuevo Progresista; ROBERTO I. APONTE BERRIOS, como Comisionado Electoral del Partido Independentista Puertorriqueño; OLVIN A. VALENTÍN RIVERA, como Comisionado Electoral d... |
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