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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLAN202000830

RIVERA GUERRA, MARIA ELENA VS SUCN. GUTIERRES DEL ROSARIO

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

RIVERA GUERRA, MARIA ELENA VS SUCN. GUTIERRES DEL ROSARIO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLAN202000830

Año:

2020

Fecha:

30 de noviembre de 2020

Resumen

La Sentencia del Tribunal de Apelaciones resuelve una apelación presentada por la Sra. María Elena Rivera Guerra. La apelante impugnó una decisión del Tribunal de Primera Instancia que la condenó al pago de $15,000 en honorarios de abogado por temeridad. El litigio original se inició con una demanda de la Sra. Rivera contra la Sucn. Gutiérrez del Rosario por daños relacionados con pagos hipotecarios de un inmueble vendido al fenecido Sr. Miguel A. Gutiérrez. La Sra. Rivera alegó que realizó los pagos porque el Sr. Gutiérrez no asumió la hipoteca ni pagó, perjudicando su crédito. La sucesión demandada reconvino, sosteniendo que la Sra. Rivera se había comprometido a saldar la hipoteca y que el Sr. Gutiérrez realizó pagos como tercero. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la apelante estaba obligada a saldar la hipoteca y actuó con temeridad al intentar eludir su compromiso. Por ello, declaró ha lugar la reconvención y ordenó el pago de los honorarios. La apelación se centró en el error alegado sobre la conclusión de temeridad y la cuantía de los honorarios. Tras revisar el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirma la sentencia apelada.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2020. Comparece la Sra. María Elena Rivera Guerra, en adelante la señora Rivera o la apelante, y solicita que revoquemos una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en adelante TPI. Mediante esta, se condenó a la señora Rivera, en lo aquí pertinente, al pago de $15,000 en concepto de honorarios de abogado por temeridad.

Por los fundamentos que expondremos a con...

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