Partes:
HERNANDEZ RUBIO, MARGARITA VS BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000658
Año:
2020
Fecha:
30 de septiembre de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en el caso KLAN202000658 entre Margarita Hernández Rubio (Apelante) y Banco Popular de Puerto Rico (Apelado). La apelación buscaba la revisión de una decisión del tribunal de primera instancia que desestimó el caso de la apelante por daños y otras reclamaciones basándose en cosa juzgada. Banco Popular presentó una moción solicitando la desestimación del recurso de apelación. El apelado argumentó que la apelante no perfeccionó el recurso al no notificar al tribunal de primera instancia ni a la parte contraria dentro de los términos estrictos requeridos por el reglamento. La apelante alegó que la tardanza se debió a problemas con el sello de rentas internas en la presentación inicial y a la necesidad de obtener el número de caso asignado por el tribunal apelativo. El Tribunal de Apelaciones consideró los argumentos relacionados con los requisitos procesales para perfeccionar una apelación. Al determinar que la apelante no cumplió con las reglas de notificación obligatorias, el Tribunal concluyó que el recurso no fue debidamente perfeccionado. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de apelación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| MARGARITA HERNÁNDEZ RUBIO Apelante v. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Apelado | KLAN202000658 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil número: CA2019CV03456 Sobre: Daños y Perjuicios, Entredicho Preliminar, Entredicho Permanente, Nulidad de Sentencia |
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