Partes:
DIFFUT RODRIGUEZ, JOHNNY VS ANTILLES INSURANCE COMPANY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000572
Año:
2020
Fecha:
21 de octubre de 2020
Comparecen ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico Johnny Diffut Rodríguez y Sandra Reyes, apelantes, para impugnar una sentencia del Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia desestimó sin perjuicio la demanda que presentaron contra Antilles Insurance Company por incumplimiento de contrato y daños. La demanda reclamaba indemnización por daños a su propiedad causados por el huracán María bajo una póliza de seguro. Los apelantes alegaron que Antilles incumplió sus obligaciones contractuales, actuó de mala fe y ajustó la reclamación de forma incompleta. Antilles solicitó la desestimación argumentando falta de jurisdicción. Sostuvo que los apelantes no cumplieron con el requisito de notificación previa al Comisionado de Seguros y a la aseguradora bajo la Ley 247-2018. El Tribunal de Primera Instancia declaró Ha Lugar la moción de desestimación, considerando dicho requisito como jurisdiccional. Los apelantes argumentan que su reclamo es por incumplimiento contractual general y no bajo la Ley 247-2018, o que el requisito no es jurisdiccional. Antilles reitera que la notificación es un requisito jurisdiccional y la demanda era prematura. El Tribunal de Apelaciones procede a adjudicar el recurso basado en estos planteamientos.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel IX | ||
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| JOHNNY DIFFUT RODRÍGUEZ Y SANDRA REYES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandantes-Apelantes v. ANTILLES INSURANCE COMPANY y Compañía Aseguradora XYZ Demandados-Apelados | KLAN202000572 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm. BY2020CV00651 Sobre: Incumplimiento de Contrato |
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