Partes:
CRUZADO LAUREANO, JUAN M V. PARTIDO POPULAR DEMOCRATICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000283
Año:
2020
Fecha:
31 de julio de 2020
Se presenta una apelación contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que confirmó la descalificación de Juan M. Cruzado Laureano como precandidato a la gobernación en la primaria del Partido Popular Democrático. El Secretario General del PPD descalificó al apelante basándose en el Artículo 196(1) del Reglamento del partido, que prohíbe aspirar a quienes hayan sido convictos de delitos que impliquen depravación moral. La Junta de Gobierno del PPD confirmó esta decisión tras una apelación interna. Inconforme, el señor Cruzado Laureano acudió al Tribunal de Primera Instancia mediante un Recurso de Revisión, alegando una aplicación selectiva y discriminatoria del reglamento y la falta de una audiencia. El PPD argumentó que no hubo discriminación ilegal. El Tribunal de Primera Instancia denegó el recurso y confirmó la descalificación. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta Sentencia, confirma la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
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