Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS PERDOMO CHEYNE, CARLOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000207
Año:
2020
Fecha:
9 de marzo de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de certiorari presentado por Carlos Perdomo Cheyne y otros. Los peticionarios buscaban revocar una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de nulidad de una subasta judicial. Alegaban que el aviso de venta y los edictos publicados contenían defectos, específicamente en la descripción de la propiedad subastada. El Tribunal de Apelaciones evaluó el edicto de subasta. Concluyó que el edicto cumplía con los requisitos de la Regla 51.7 de Procedimiento Civil. Determinó que la descripción de la propiedad era adecuada y que se hacía referencia a la sentencia, fecha, hora y lugar de la venta. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones no encontró que el foro primario actuara de forma arbitraria o cometiera error de derecho. Denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Flores García, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de marzo de 2020. Comparece la parte peticionaria, Carlos Perdomo Cheyne, Ereida Franco Echevarría, et al., mediante un recurso de apelación, el cual acogemos como un certiorari por tratarse de un procedimiento postsentencia, y solicitan nuestra intervención a los fines de revocar una Resolución y Orden emitida el 16 de enero de 2020 por el Trib...
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