Partes:
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO VS GONZALEZ RODRIGUEZ, RAFAEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202000050
Año:
2020
Fecha:
22 de enero de 2020
Este pronunciamiento del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico aborda una apelación en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca entre Rafael González Rodríguez y Banco Santander de Puerto Rico. El apelante presentó una moción de reconsideración en el tribunal de primera instancia tras la sentencia, la cual no había sido resuelta al momento de esta decisión. El tribunal revisa las implicaciones procesales de presentar una moción de reconsideración conforme a la Regla 47 de Procedimiento Civil. Esta regla establece que una moción de reconsideración válida interrumpe el término para apelar, el cual se reanuda al notificarse la resolución sobre la moción. El tribunal enfatiza su deber fundamental de examinar su propia jurisdicción, especialmente en cuanto al cumplimiento estricto de los términos apelativos según la Regla 83 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. La presentación oportuna y adecuada de la moción de reconsideración y su posterior resolución son factores críticos para establecer la jurisdicción del tribunal apelativo sobre el recurso. El tribunal está evaluando estos pasos procesales para asegurar que la apelación fue presentada dentro del término jurisdiccional aplicable.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
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| BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Apelada v. RAFAEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Apelante | KLAN202000050 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: SJ2018CV06994 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca |
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