Partes:
VICENS SALGADO, RICARDO VS AXESA SERVICIOS DE INFORMACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201901415
Año:
2020
Fecha:
27 de enero de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de apelación sobre un caso laboral de despido injustificado y discrimen. El recurso proviene de una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia que desestimó la demanda. El Tribunal de Apelaciones concluye que el recurso de apelación debe ser desestimado por haber sido presentado de forma tardía. La tardanza se debió a que la moción de reconsideración presentada ante el Tribunal de Primera Instancia no interrumpió el término para apelar. Esto ocurrió porque la moción de reconsideración no fue debidamente notificada a la parte demandada. Aunque se envió un correo electrónico indicando que se adjuntaba la moción, el documento no fue incluido. La representación del apelante fue advertida de la falta de notificación pero no corrigió la situación. La falta de notificación impidió que la moción de reconsideración tuviera el efecto de interrumpir el término apelativo. Al presentarse el recurso fuera del término jurisdiccional, el Tribunal carece de autoridad para atenderlo en los méritos. Por tanto, se desestima el recurso de apelación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V | ||
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