Partes:
RIVERA DIAZ, MIGUEL A VS VEGA, FRANK
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201901406
Año:
2020
Fecha:
27 de enero de 2020
Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El apelante, Miguel A. Rivera Díaz, presentó un recurso tras la desestimación de su demanda por daños y perjuicios en el Tribunal de Primera Instancia. La demanda original alegaba represalias por parte de personal correccional tras presentar remedios administrativos. El foro primario desestimó la demanda por falta de jurisdicción, al entender que se cuestionaban decisiones administrativas cuya revisión corresponde al Tribunal de Apelaciones. El apelante acudió entonces al Tribunal de Apelaciones solicitando revisión judicial. El Tribunal de Apelaciones procede a desestimar el recurso presentado. La desestimación se fundamenta en la falta de notificación oportuna del recurso a todas las partes contrarias. Según la Regla 33 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, la notificación a todas las partes es un requisito imperativo y jurisdiccional. La ausencia de dicha notificación priva al Tribunal de jurisdicción para ejercer su facultad revisora. Por tanto, el recurso es desestimado por falta de jurisdicción debido al incumplimiento con el requisito de notificación.
| MIGUEL A. RIVERA DÍAZ Apelante | KLAN201901406 | Recurso de apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce |
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| OFICIAL FRANK VEGA Y OTROS Apelado | Caso Núm. PO2018CV01691 | |
| Sobre: Daños y perjuicios contractuales |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí, el Juez Ramos Torres y la Jueza Rivera Marchand.
Rivera Marchand, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2020. ...
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