Partes:
OLAVARRIA LEON, CHRISTIAN VS PAN PEPIN, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201901085
Año:
2019
Fecha:
24 de octubre de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una apelación sobre la desestimación de una querella por despido injustificado. El apelante, Christian Olavarría León, impugna la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró prescrita su reclamación contra Pan Pepín, Inc. El foro primario aplicó el término prescriptivo de un año establecido en la Ley Núm. 4-2017, ya que el despido ocurrió en abril de 2018 y la querella se presentó en junio de 2019. El apelante argumenta que debió aplicarse el término de tres años de la Ley Núm. 80, invocando una disposición de la Ley Núm. 4 que preserva derechos para empleados contratados previamente. El Tribunal de Apelaciones analiza las enmiendas a la Ley Núm. 80 realizadas por la Ley Núm. 4. Explica que la Ley Núm. 4 redujo el término prescriptivo a un año para reclamaciones por despido injustificado. Aunque la Ley Núm. 4 generalmente preserva derechos previos, el Artículo 4.13 específicamente dispone que el término de un año aplica a los despidos ocurridos a partir de su vigencia. El Tribunal concluye que el texto del Artículo 4.13 es claro y aplica el término de un año a este caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| CHRISTIAN OLAVARRÍA LEÓN Apelante V. PAN PEPÍN, INC. Apelada | KLAN201901085 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm. PO2019CV01898 (605) Sobre: DESPIDO INJUSTIFICADO, PROCEDIMIENTO SUMARIO |
Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Grana Martínez.
Grana Martínez, Jueza Ponente
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