Partes:
ALLENDE ROMERO, INES VS RIVERA RIVERA, ANDDIE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201900681
Año:
2019
Fecha:
27 de junio de 2019
Sentencia de un panel judicial sobre una apelación presentada por el Sr. Anddie Rivera Rivera. El Sr. Rivera apeló una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que declaró Ha Lugar una acción de desahucio a favor de la Sra. Inés Allende Romero. La Sentencia Parcial ordenó el desalojo del inmueble por parte del Sr. Rivera en 30 días, dejando pendientes las reclamaciones de cobro de dinero e incumplimiento de contrato para una vista posterior. El apelante alegó varios errores del TPI al conceder el desahucio. El panel revisó el recurso y los documentos acompañantes. Se recordó que el Art. 630 del Código de Enjuiciamiento Civil exige que el demandado preste fianza o consigne la deuda como requisito jurisdiccional para apelar una sentencia de desahucio. La cuantía de esta fianza debe ser fijada por el TPI antes de la radicación del recurso de apelación. Al no cumplirse este requisito previo y jurisdiccional, el recurso de apelación se considera prematuro. Por consiguiente, el panel desestima el recurso de apelación por falta de jurisdicción.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Salgado Schwarz
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2019. Comparece el Sr. Anddie Rivera Rivera, en adelante el señor Rivera o el apelante, y solicita que revoquemos una Sentencia Parcial dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en adelante TPI, mediante la cual declaró Ha Lugar una acción de desahucio.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso por falta de jurisdicción por prematuro.
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