Partes:
CARRERO GERENA, ORLANDO ALBERTO VS DUNCAN, JUDITH
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201900674
Año:
2019
Fecha:
22 de agosto de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una apelación presentada por Judith Duncan contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Sentencia declaró con lugar una Demanda de desahucio y cobro de dinero instada por Orlando A. Carrero Gerena. El Tribunal de Primera Instancia ordenó el desalojo de la señora Duncan de una propiedad arrendada y el pago de $2,325.00 por rentas atrasadas. Tras la presentación del recurso de apelación, el demandante-apelado solicitó su desestimación por falta de jurisdicción. El Tribunal de Apelaciones examinó el cumplimiento del requisito de notificación del recurso a las partes. Conforme a la Regla 13(B)(2) de su Reglamento, la notificación oportuna es un requisito jurisdiccional de estricto cumplimiento. La falta de notificación adecuada priva al Tribunal de jurisdicción para considerar la apelación. El Tribunal concluyó que la apelante no cumplió con la notificación oportuna requerida. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de apelación por falta de jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
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| ORLANDO A. CARRERO GERENA Demandante-Apelado Vs. JUDITH DUNCAN Demandada-Apelante | KLAN201900674 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: SJ2019CV04980 (508) Sobre: Desahucio(Cobro de Dinero) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente
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