Partes:
DI CRISTINA, ROCIO VS CORREA RIVERA, ERIC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201900574
Año:
2019
Fecha:
20 de agosto de 2019
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero procedente del Tribunal de Primera Instancia. El apelante, Eric Correa Rivera, recurre una sentencia que le ordenó pagar $96,648.40 a la apelada, Rocío Di Cristina. La sentencia apelada fue dictada en rebeldía luego de que el apelante no presentara una alegación responsiva a la demanda. El apelante argumenta que el Tribunal de Primera Instancia debió desestimar la demanda automáticamente. Su alegación se fundamenta en que la parte demandante supuestamente no diligenció el emplazamiento dentro del término de 120 días que establece la Regla 4.3(c) de Procedimiento Civil. El documento detalla el historial procesal, incluyendo la presentación de la demanda, la expedición del emplazamiento, una solicitud y concesión de prórroga para diligenciarlo, y el eventual emplazamiento. Se discute la importancia del emplazamiento como parte esencial del debido proceso de ley. Se cita la Regla 4.3(c) que fija el término para diligenciar el emplazamiento y las consecuencias de su incumplimiento. El Tribunal de Apelaciones procede a evaluar la controversia planteada.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
|---|---|---|
| ROCIO DI CRISTINA por sí y en representación de Panadería Mi Locura Inc. | KLAN201900574 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina |
| Apelada | ||
| v. | Civil Núm.: FECI201700987 | |
| ERIC CORREA RIVERA | ||
| Apelante | Cobro de Dinero Pagaré |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agos...
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