Partes:
RODRIGUEZ JAIME, LYDIA E VS CENTENO GONZALEZ, SAMUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201900183
Año:
2019
Fecha:
27 de junio de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera un recurso de apelación presentado por Integrand Assurance Company. La parte apelante informó al tribunal sobre una Orden Provisional de Rehabilitación emitida por el Tribunal de Primera Instancia en un caso separado. Dicha orden, dictada en el proceso de rehabilitación de Integrand, decretó la paralización de todos los procesos pendientes en los que la aseguradora sea parte. El Tribunal de Apelaciones examinó la situación a la luz de la moción presentada y la comparecencia del Comisionado de Seguros. Se aplicó el Artículo 40.120 del Código de Seguros de Puerto Rico. Esta disposición legal establece la paralización obligatoria de acciones judiciales contra una aseguradora cuando se radica una orden de rehabilitación. La paralización inicial es por noventa días o el tiempo adicional necesario. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones ordena la paralización y archivo administrativo de este recurso apelativo. La paralización se extiende por noventa días a partir de la Orden de Rehabilitación o el término adicional que requiera la ley. Las partes deberán notificar al tribunal el cese de la paralización para solicitar el levantamiento del archivo.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV
Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Marti, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres
Flores García, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2019. El 21 de febrero de 2019, la parte apelante, Integrand Assurance Company, presentó el recurso de apelación de epigrafe el cual quedó perfeccionado el 10 de mayo de 2019.
No obstante, el 17 de junio de 2019 la parte apelante presentó una moción en la que informó que el 31 de mayo de 2019 el Tribunal de Primera Instancia emitió una Or...
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