Partes:
FIRSTBANK PUERTO RICO VS BRIONES PADIAL, ANTONIO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201801281
Año:
2019
Fecha:
17 de enero de 2019
El Tribunal de Apelaciones reconsidera una sentencia previa que desestimó un recurso por prematuro. Inicialmente, la desestimación se basó en la falta de evidencia en los autos originales de la publicación por edictos de la sentencia enmendada del Tribunal de Primera Instancia. Posteriormente, la parte apelada, Firstbank, presentó prueba de que el edicto fue publicado el 19 de septiembre de 2018 y notificado el 4 de octubre de 2018. Habiéndose acreditado la notificación, el Tribunal determina que el término apelativo de treinta días comenzó a correr desde el 4 de octubre de 2018. Dado que el recurso de apelación fue presentado el 16 de noviembre de 2018, el término jurisdiccional ya había vencido. Por tanto, el Tribunal reconsidera su decisión anterior para establecer que la desestimación procede, pero por tardía, lo cual le priva de jurisdicción. Adicionalmente, el Tribunal sanciona a Firstbank con $250 por su falta de diligencia en notificar oportunamente al TPI y al Tribunal de Apelaciones sobre la publicación y notificación del edicto.
FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante Apelado v.
SUCESIÓN DE ANTONIO BRIONES PADIAL, COMPUESTA POR:
CARMEN MARÍA DEL SOCORRO GONZÁLEZ GUTIERREZ Y LA EXTINTA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES
Demandado Apelante
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.
Brignoni Mártir, Juez Ponente
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