Partes:
MORALES GONZALEZ, LUIS A VS HOSPITAL COMUNITARIO EL BUEN SAMARITANO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201800696
Año:
2019
Fecha:
9 de agosto de 2019
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de alegada impericia médica. La parte apelante, incluyendo el Hospital Buen Samaritano y otros, recurrió la decisión del Tribunal de Primera Instancia que favoreció a Luis A. Morales González y su esposa. El caso se originó tras un accidente de motora en febrero de 2014, donde el Sr. Morales sufrió fracturas en tibia y fíbula. Fue operado en el Hospital Buen Samaritano por el Dr. Luis Acevedo Lazzarini, quien trató la tibia pero no la fíbula. A pesar del tratamiento postoperatorio, las fracturas no consolidaron, llevando al paciente a buscar una segunda opinión y someterse a una nueva cirugía en otro hospital. Los demandantes alegaron negligencia en el tratamiento inicial. El Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la demanda. Tras evaluar el recurso de apelación, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia dictada por el foro primario.
LUIS A. MORALES GONZÁLEZ, ELBA GONZÁLEZ CORREA y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos,
Apelada, v.
HOSPITAL COMUNITARIO EL BUEN SAMARITANO, INC., conocido como HOSPITAL EL BUEN SAMARITANO, INC.; COMPAÑÍA DE SEGUROS A; DR. LUIS ACEVEDO LAZZARINI, FULANA DE TAL y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; SINDICATO DE ASEGURADORAS PARA LA SUSCRIPCIÓN CONJUNTA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MÉDICO-HOSPITALARIA (SIMED); PUERTO RICO MEDICAL DEFENSE INSURANCE; TRIPLE-S PROP...
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