Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS FIGUEROA CRUZ, JAVIER
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201701246
Año:
2019
Fecha:
30 de abril de 2019
Javier Figueroa Cruz apeló una sentencia de 129 años de cárcel impuesta tras ser declarado culpable en ausencia de asesinato en primer grado e infracciones a la Ley de Armas. Al momento de presentar el recurso de apelación, el señor Figueroa Cruz se encontraba prófugo de la justicia. El Pueblo de Puerto Rico solicitó la desestimación de la apelación fundamentado en que el apelante renunció a su derecho al evadir la jurisdicción del tribunal. La representación legal del apelante argumentó que la desestimación en estos casos es una cuestión discrecional del tribunal apelativo. El Tribunal de Apelaciones examinó la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre el derecho estatutario a apelar y la doctrina aplicable a convictos fugitivos. Dicha jurisprudencia establece que un fugitivo puede renunciar a su derecho a apelar al evadir la autoridad judicial. Aunque la desestimación es discrecional, el tribunal determinó que procedía en este caso particular. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones resolvió desestimar el recurso de apelación presentado por Javier Figueroa Cruz.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO Y AGUADILLA PANEL X | ||
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