Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS MARQUEZ RIVERA, JUAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201601093
Año:
2020
Fecha:
30 de junio de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en las apelaciones consolidadas presentadas por Armando Rodríguez Torres, Luis Kemuel Vega Vega y Juan A. Márquez Rivera. Los apelantes recurrieron las sentencias de 206 años de cárcel impuestas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, por delitos de asesinato en segundo grado, tentativa de asesinato y violaciones a la Ley de Armas. Fundamentaron sus recursos en la exigencia de veredictos unánimes establecida por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en Ramos v. Louisiana y acogida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Alegaron que sus condenas se basaron en veredictos no unánimes, contraviniendo el nuevo estado de derecho. Solicitaron la revocación de las sentencias y la celebración de un nuevo juicio. El Procurador General, en representación del Pueblo de Puerto Rico, se mostró conforme con la solicitud de los apelantes. Ante la normativa jurisprudencial aplicable y la posición de las partes, el Tribunal de Apelaciones procedió a revisar los dictámenes recurridos. Por las razones expuestas, el Tribunal dejó sin efecto las sentencias condenatorias dictadas contra los apelantes. Finalmente, ordenó la celebración de un nuevo juicio en el Tribunal de Primera Instancia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO-GUAYAMA PANEL XII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. ARMANDO RODRIGUEZ TORRES Apelante | KLAN201600787 consolidado con: | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama Crim. Núm.: G VI2015G0013, G VI2015G0027-29; G LA2015G0042-46 Por: Tent. Art. 93 A; Art. 93 A (3); Art. 5.04 (2) Ley de Arma; Art. 5.07 (2) Ley de Arma; Art. 5.15 Ley de Arma |
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