Partes:
GIERBOLINI, JOSE F VS COLEGIO RADIANS, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500799
Año:
2015
Fecha:
8 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones resuelve un recurso presentado por José Gierbolini en un caso de daños y perjuicios. Gierbolini apela una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una moción de reconsideración. La moción de reconsideración cuestionaba la validez de un documento de "Exoneración y Acuerdo" determinada sumariamente sin vista evidenciaria. El Tribunal de Apelaciones señala que la moción de reconsideración fue presentada tardíamente. El recurso, aunque presentado como apelación, se acoge como certiorari al recurrirse de una resolución interlocutoria. El Tribunal advierte que el mismo planteamiento sobre la validez del documento y la falta de vista ya fue objeto de un certiorari anterior presentado por Gierbolini en este caso. En aquel recurso previo, el Tribunal denegó revisar la resolución del foro primario. Aplicando la doctrina de la ley del caso, que confiere finalidad a las controversias previamente adjudicadas, el Tribunal determina que el planteamiento no puede reexaminarse. Por tanto, el Tribunal resuelve denegar la expedición del certiorari solicitado por Gierbolini.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| JOSÉ GIERBOLINI, ET ALS | KLAN201500799 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama |
| Apelante | Civil. Núm. G DP2012-0072 | |
| v. | Sobre: Daños y Perjuicios | |
| COLEGIO RADIANS, INC. ET ALS | ||
| Apelados |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova, la Juez Rivera Marchand y el Juez Bonilla Ortiz ¹
Varona Méndez, Jueza Pon...
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