Partes:
ECHEVARRIA RIVERA, KATIRIA VS MUNICIPIO DE GUAYAMA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500798
Año:
2015
Fecha:
10 de junio de 2015
Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios donde el Estado Libre Asociado es apelante contra Katiria Echevarría Rivera y otros, y el Municipio de Guayama y otros. El Estado apeló una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia notificada el 9 de marzo de 2015. Presentó una Moción de Reconsideración que fue denegada mediante Orden notificada el 27 de marzo de 2015. El término jurisdiccional para apelar, siendo el Estado parte, es de sesenta días a partir de la notificación de la resolución que resuelve la reconsideración. El recurso de apelación fue presentado ante el Tribunal de Apelaciones el 27 de mayo de 2015. El Tribunal determinó que el recurso fue presentado sesenta y un días después de la notificación de la denegatoria de reconsideración. Dado que el término jurisdiccional de sesenta días es fatal e insubsanable, el Tribunal concluyó que carecía de jurisdicción para atender el recurso. Por tanto, el Tribunal desestimó el recurso de apelación por falta de jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA PANEL VII | ||
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