Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS VEGA VELEZ, MARGARITA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500717
Año:
2015
Fecha:
23 de junio de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez. El Banco Popular de Puerto Rico apeló la desestimación de su demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra Margarita Vega Vélez. El tribunal de primera instancia desestimó el caso porque la escritura de hipoteca no estaba inscrita en el Registro de la Propiedad. Además, el régimen de propiedad horizontal del edificio donde ubica la propiedad hipotecada tampoco había sido inscrito en más de siete años debido a fallas no corregidas. Esto implicaba que la propiedad no tenía un título legalmente inscrito para efectos de ejecución hipotecaria. El tribunal inferior determinó que el banco no podía ejecutar una hipoteca no inscrita por la vía ordinaria. Señaló que el banco solo tenía derecho a exigir la inscripción o a continuar el caso únicamente como cobro de dinero basado en el pagaré. La desestimación fue sin perjuicio, permitiendo al banco corregir la situación registral o enmendar su reclamación.
| Banco Popular de Puerto Rico | KLAN201500717 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez |
|---|---|---|
| Apelante | Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria | |
| vs. | Civil Núm.: I SCI201400619 | |
| Margarita Vega Vélez | ||
| Apelada |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Fig...
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