LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
Casos/Tribunal de Apelaciones/KLAN201500641

GONZALEZ RIVERA, MARIA VS ROMAN ACEVEDO, SANDRA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

GONZALEZ RIVERA, MARIA VS ROMAN ACEVEDO, SANDRA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLAN201500641

Año:

2015

Fecha:

23 de julio de 2015

Resumen

Las apelantes recurrieron una sentencia del tribunal de instancia que desestimó su demanda sin perjuicio por incumplimiento con las reglas de emplazamiento. Presentaron una moción de reconsideración que fue denegada. En su apelación, alegaron varios errores, incluyendo que el foro primario no resolvió una "Moción Solicitando Determinaciones de Hechos Adicionales e Iniciales". El Tribunal de Apelaciones examinó el expediente y confirmó que dicha moción no fue resuelta por el tribunal de instancia. La existencia de esta moción pendiente hace que el recurso de apelación sea prematuro. Un recurso prematuro implica que el tribunal apelativo carece de jurisdicción para considerar los méritos de la apelación. La jurisdicción es un asunto fundamental que debe resolverse prioritariamente. Al carecer de jurisdicción, el único curso de acción es desestimar el recurso. El Tribunal de Apelaciones tiene facultad para desestimar recursos prematuros. Por tanto, el recurso de apelación es desestimado por falta de jurisdicción al haber sido presentado prematuramente.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA -FAJARDO
PANEL VIII
MARÍA GONZÁLEZ
RIVERA Y EFIGENIA
GONZÁLEZ RIVERA
Apelantes
v.
SANDRA ROMÁN
ACEVEDO, ET. ALS.
Apelados
KLAN201500641















































...
Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito