Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS GONZALEZ GALLOZA, HERMINIO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500615
Año:
2015
Fecha:
29 de junio de 2015
Este caso del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve una petición de certiorari presentada por Herminio González Galloza. González Galloza, convicto por apropiación ilegal tras un preacuerdo, presentó una moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. En su moción, alegó violación al debido proceso de ley y representación legal inefectiva, argumentando que fue engañado sobre los términos de su alegación de culpabilidad. Solicitó anular o corregir su alegación y sentencia, que lo condenó a 3 años y 9 meses de cárcel. El Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez denegó su solicitud sin celebrar una vista. Insatisfecho, González Galloza recurrió ante el Tribunal de Apelaciones imputando errores al TPI por no seguir el procedimiento de la Regla 192.1 y pasar por alto sus argumentos constitucionales. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como certiorari. Considerados los reclamos y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones procede a denegar la expedición del auto de certiorari. Se reitera que la Regla 192.1 permite atacar sentencias por fundamentos de derecho, no por cuestiones de hechos ya adjudicadas.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
APELADO V.
HERMINIO GONZALEZ GALLOZA
APELANTE
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Cintrón Cintrón y la Juez Vicenty Nazario.
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2015. Este caso versa sobre una moción al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal presentada por Herminio González Galloza (González Galloza o peticionario). El Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez (TPI) denegó tal...
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