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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLAN201500463

EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS GALVAN RIOS, LUIS

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS GALVAN RIOS, LUIS

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLAN201500463

Año:

2015

Fecha:

20 de abril de 2015

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestima por falta de jurisdicción la apelación presentada por Luis Galván Ríos contra una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce. El recurso buscaba la intervención del tribunal apelativo sobre dicha sentencia criminal. La desestimación se fundamenta en las reglas de procedimiento criminal y del Tribunal de Apelaciones que establecen los términos y requisitos para apelar. Se explica que la apelación de una sentencia final debe presentarse dentro de un término jurisdiccional de 30 días. El documento contrasta el recurso de apelación con la moción bajo la Regla 192.1, la cual permite impugnar sentencias finales y firmes por fundamentos específicos, pero no sustituye la apelación directa. Se enfatiza el principio de finalidad de los procedimientos penales y la necesidad de presentar todos los fundamentos en la apelación. Los tribunales tienen la obligación de examinar su propia jurisdicción y desestimar el caso si carecen de ella.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE PANEL III
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
LUIS GALVÁN RÍOS
Apelante
KLAN201500463Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce
CRIM. NÚM.
J SC2010G0264
Sobre:
ART. 404 LEY SUST. CONTROLADAS
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Juez Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Pu...
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