Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS PEREZ GONZALEZ, ADALBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500241
Año:
2015
Fecha:
27 de marzo de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Región Judicial de Ponce - Guayama, emite una sentencia en el caso de Adalberto Pérez González, quien solicita dejar sin efecto una sentencia criminal. El Tribunal revisa el escrito presentado por el señor Pérez González a la luz de las Reglas de Procedimiento Criminal y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones que rigen los recursos de apelación criminal. Estas reglas establecen requisitos mínimos para el contenido del escrito de apelación, incluyendo la identificación de la sentencia apelada, la sala del Tribunal de Primera Instancia que la dictó y la fecha. El Tribunal determina que el escrito del señor Pérez González no cumple con estos requisitos esenciales. Se señala que el derecho a apelar es un privilegio estatutario que exige el cumplimiento de las normas procesales. Debido a la falta de las referencias requeridas, el Tribunal no puede determinar si tiene jurisdicción ni atender los reclamos. Por consiguiente, el Tribunal resuelve el asunto sin ulteriores trámites ni procedimientos, conforme a la Regla 211 de Procedimiento Criminal, debido al incumplimiento procesal.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Flores García.
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2015. I.
Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el señor Adalberto Pérez González. De su escrito deducimos que solicita dejemos sin efecto la Sentencia impuesta en su contra en el caso criminal: Pueblo de Puerto Rico v. Adalberto Pérez González, D MI2013-0067, al amparo de la Regla 192.1 de las...
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