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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLAN201500231

OLAZABAL FELIU, EMILIO VS DIAZ LOZADA, JOSEFINA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

OLAZABAL FELIU, EMILIO VS DIAZ LOZADA, JOSEFINA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLAN201500231

Año:

2015

Fecha:

26 de marzo de 2015

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el recurso presentado por Josefina Díaz Lozada. La señora Díaz apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia que declaró con lugar una demanda de desahucio en su contra, incoada por la sucesión de Antonio Olazabal Feliú. La sucesión solicitó la desestimación del recurso de apelación por falta de jurisdicción. Alegaron que la apelante no prestó la fianza requerida para apelar una sentencia de desahucio antes de presentar su recurso. La señora Díaz argumentó que solicitó al TPI la fijación de la fianza, pero este no la fijó hasta después de que ella apelara. El Tribunal de Apelaciones resuelve desestimar el recurso de apelación. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción, al no haberse cumplido con el requisito de prestar la fianza apelativa de forma oportuna.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II

Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2015. Comparece la señora Josefina Díaz Lozada (señora Díaz o apelante) para solicitar la revocación de la Sentencia emitida el 11 de febrero de 2015 y notificada el 17 de febrero de igual año por el Tribunal de Primera Instancia, sala de San Juan (TPI). Mediante la referida Sentencia, el TPI declaró

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KLAN201500231

con lugar la demanda de desahucio incoada en su contra.

Considerado ...

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