Partes:
MEJIA SCHOOL BUS INC VS E L A DE PR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500210
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
Mejía School Bus, Inc. apeló la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó por académico su recurso de mandamus contra el Departamento de Educación (DE). Mejía había solicitado al TPI que ordenara al DE notificar el Aviso de Adjudicación de una Solicitud de Propuestas para transporte escolar. Alegó que el DE canceló contratos existentes y adjudicó nuevos sin la debida notificación, a pesar de haberlo requerido formalmente. También pidió acceso al expediente administrativo y documentos relacionados, además de daños. El DE, durante el trámite en el TPI, informó que necesitaba tiempo para completar el proceso de notificación de la adjudicación. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que el caso se tornó académico y lo desestimó con perjuicio. El Tribunal de Apelaciones examinó los escritos y el derecho aplicable. Finalmente, el panel de jueces confirmó la Sentencia apelada.
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015. Comparece ante este Tribunal, Mejía School Bus, Inc. (en adelante Mejía o parte apelante) para solicitar la revisión de la Sentencia dictada el 29 de octubre de $2014^{1}$ por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante la referida Sentencia el foro de instancia concluyó que el caso se había tornado académico, por lo que desestimó con perjuicio el recur...
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