Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS QUILES AVILES, ANGEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500130
Año:
2015
Fecha:
20 de febrero de 2015
Se presenta una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico por Ángel Quiles Avilés. El apelante busca la revisión de una sentencia de 50 años dictada en su contra en mayo de 2011 por infracciones a la Ley de Sustancias Controladas y la Ley de Armas. Alega que la sentencia debe ser modificada debido a su edad. El tribunal procedió a examinar la apelación bajo la doctrina de la jurisdicción, un asunto que debe considerarse de oficio. Se recordó que los recursos de apelación en casos criminales deben presentarse dentro de un término jurisdiccional de treinta días a partir de la fecha de la sentencia, conforme a la Regla 193 de Procedimiento Criminal y la Regla 23(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. La presentación tardía de un recurso constituye un defecto insubsanable de falta de jurisdicción. Tras revisar el caso, el tribunal determinó que la apelación fue presentada fuera del término establecido. Por consiguiente, el recurso adolece de falta de jurisdicción. Se desestima el presente recurso por este motivo.
| EL PUEBLO DE PUERTO | Apelación | |
|---|---|---|
| RICO | procedente del | |
| Tribunal de Primera | ||
| Apelado | Instancia, Sala de | |
| KLAN201500130 | Arecibo | |
| V. | Sobre: | |
| Infr. Art. 401 S.C. | ||
| ÁNGEL QUILES AVILÉS | Infr. Art. 6.01 L.A. | |
| Apelante | Infr. Art. 5.07 L.A. | |
| Casos Números: | ||
| C SC2010G0201 | ||
| C LA2010G0182 | ||
| C IA2010G0183 | ||
| C DS2010M0085 |
Panel integrado por su preside...
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