Partes:
GARCIA URBINA, TOMAS VS E L A DE PR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500116
Año:
2015
Fecha:
27 de marzo de 2015
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico apela una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró improcedente la confiscación de un vehículo propiedad de Tomás García Urbina. El Sr. García Urbina impugnó la incautación de su automóvil, utilizado por su hijo en un incidente criminal. El Tribunal de Primera Instancia celebró el juicio en ausencia del ELA y su representación legal, quienes no comparecieron ni se excusaron. Tras escuchar la prueba del demandante, el foro primario determinó que el Sr. García Urbina era un tercero inocente y ordenó la devolución del vehículo. Además, impuso una sanción económica a la abogada del Estado por su incomparecencia. El ELA recurre al Tribunal de Apelaciones alegando que el foro primario abusó de su discreción al dictar sentencia en su contra sin permitirle presentar su caso, privándole de su derecho a su día en corte. La parte apelada no compareció ante el recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones procede a adjudicar el caso basándose en el expediente.
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry y la Jueza Lebrón Nieves
Jueza Coll Martí, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2015. Comparece la parte demandada, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), representado por la Oficina de la Procuradora General, y apela de una Sentencia en la que el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, declaró con lugar una demanda de impugnación presentada para cues...
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