Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS CRISCUOLO PEREZ, ADOLFO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201500037
Año:
2015
Fecha:
25 de febrero de 2015
El Tribunal de Apelaciones revisó una sentencia en rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los apelantes, Adolfo Criscuolo Pérez y Wilma Valle Ferrer, fueron demandados por Banco Popular de Puerto Rico y emplazados por edicto. Tras presentar una contestación inicial, el TPI les ordenó presentar una alegación enmendada bajo pena de rebeldía. Los apelantes presentaron una contestación enmendada dentro del término concedido. No obstante, el TPI anotó la rebeldía y dictó sentencia en su contra. Los apelantes solicitaron reconsideración de la sentencia, la cual fue denegada por el TPI. Presentaron un recurso de apelación señalando errores relacionados con el emplazamiento, la orden de contestar, la anotación de rebeldía a pesar de haber contestado, y la denegatoria de reconsideración. El Tribunal de Apelaciones determinó que procedía revocar la sentencia apelada. Consecuentemente, el caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Tribunal de Apelaciones Región Judicial de San Juan Panel III
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo, la Juez Colom García y el Juez Steidel Figueroa.
Steidel Figueroa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, el 25 de febrero de 2015. Adolfo Criscuolo Pérez y Wilma Valle Ferrer comparecen por derecho propio mediante este recurso para cuestionar la sentencia en rebeldía emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan [en adelante, "TPI"] el 12 de febrero de 2014 y notificada el siguiente día 20. Tras c...
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