Partes:
QUIÑONES RIVERA, HECTOR G VS PUERTO RICO TELEPHONE CO.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201401851
Año:
2015
Fecha:
27 de febrero de 2015
Héctor G. Quiñones apeló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda por daños y perjuicios contra Puerto Rico Telephone Company (PRTC). El reclamo se basaba en alegada persecución maliciosa por parte de la PRTC, tras un proceso penal iniciado en su contra luego de ser despedido, y en el cual no fue convicto. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que no se probó la existencia de malicia por parte de la PRTC, elemento esencial para la causa de acción. El apelante argumentó que el tribunal de instancia erró al no encontrar malicia y al apreciar la prueba. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso. De conformidad con su reglamento, procedió a resolver sin mayor trámite. El Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada. La confirmación se fundamentó en que el apelante no demostró que el Tribunal de Primera Instancia errara al concluir que no se configuró la causa de acción por persecución maliciosa, específicamente en cuanto a la falta de prueba del elemento de malicia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II | ||
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| HÉCTOR G. QUIÑONES Y OTROS | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan | |
| Demandante Apelante | KLAN201401851 | |
| v. | Civil Núm.: KDP2004-0910 (805) | |
| PUERTO RICO TELEPHONE COMPANY | Sobre: | |
| Demandada Apelada | Daños y Perjuicios |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
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