Partes:
RAMOS, EDWIN VS VIZCARRONDO, JOSE RAFAEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201401751
Año:
2015
Fecha:
9 de junio de 2015
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una apelación presentada por Edwin Ramos et al. impugnando la denegatoria de anotación de rebeldía por parte del tribunal de primera instancia. La parte recurrida argumentó que el Tribunal de Apelaciones carecía de jurisdicción porque el caso había sido trasladado al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos. El expediente confirma que se presentó un Aviso de Traslado en el tribunal federal y se notificó al tribunal estatal en septiembre de 2014, antes de la presentación de esta apelación. Conforme a principios legales establecidos, una vez que un caso es debidamente trasladado al tribunal federal y se notifica al tribunal estatal, la jurisdicción de este último cesa y sus procedimientos quedan automáticamente paralizados. El tribunal federal adquiere jurisdicción completa y exclusiva sobre el asunto. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones determinó que carecía de jurisdicción para entender en la apelación. La resolución ordena el archivo administrativo del caso para fines estadísticos.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA-GUAYAMA PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| EDWIN RAMOS, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con su cónyuge, y representación de sus hijos menores de edad, EORS, ARS y GRS | KLAN201401751 | Apelación acogido como Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm.: F PE2014-0361 Sobre: Procedimientos Especiales |
| Apelantes | ||
| v. | ||
| JOSÉ RAFAEL VIZCARRONDO y L... |
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