Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS ORTIZ ESPINO, DAVID
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201400890
Año:
2015
Fecha:
29 de junio de 2015
David Ortiz Espino apeló la sentencia impuesta por el Tribunal de Primera Instancia de Arecibo, que lo declaró culpable de asesinato, riesgo a la seguridad u orden público al disparar un arma de fuego, e infracciones a los artículos 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas. El apelante fue sentenciado a 80 años de prisión. Los cargos se originaron de un incidente ocurrido el 8 de diciembre de 2012 en un negocio en Manatí. Según la prueba presentada, Ortiz Espino disparó a Ángel R. Rosario Figueroa ("Uri") tras un altercado. Durante el mismo incidente, otra persona, Sheila Vega Sánchez, resultó herida de bala. El juicio por Tribunal de Derecho se celebró en marzo de 2014. Ortiz Espino solicitó al Tribunal de Apelaciones que revocara la sentencia. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, decidió confirmar la sentencia apelada.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGION JUDICIAL DE ARECIBO, AIBONITO Y UTUADO PANEL XI | ||
|---|---|---|
| PUEBLO DE PUERTO RICO | KLAN201400890 | APELACION procedente del tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo |
| APELADO | Caso Núm. CVI2013G0061 y 62 CLA2013G0552 y 0556 COP2013G0080 | |
| V. | ||
| DAVID ORTIZ ESPINO | ||
| APELANTE | Panel integrado por su presidente, el Juez Gonzalez Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand. | |
| González Vargas, Juez Ponente. | ||
| SENTENCIA |
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