Partes:
In re: Regla 4 del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua, según enmendada mediante Resolución del 15 de junio de 2015
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Resolución del Tribunal
Número de Caso:
ER-2016-1
Año:
2016
Fecha:
8 de enero de 2016
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 8 de enero de 2016. Atiende una solicitud presentada por el Presidente de la Comisión de Reputación de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía. La solicitud pedía eximir a los miembros de dicha Comisión de los requisitos de Educación Jurídica Continua. Se argumentó que sus funciones son análogas a las de otros cuerpos ya exentos, como la Junta Examinadora de Aspirantes. Conforme a la Regla 4(c)(8)(f) del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua, el Tribunal Supremo concedió la exención solicitada. Los miembros de la Comisión de Reputación de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía quedan excluidos de las disposiciones de los Reglamentos de Educación Jurídica Continua.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 3 | |
| Regla 4 del Reglamento del | 194 DPR ______ |
| Programa de Educación Jurídica | |
| Continua, según enmendado | |
| mediante Resolución de 15 de | |
| junio de 2015 |
Número del Caso: ER-2016-1
Fecha: 8 de enero de 2016
Materia: Resolución del Tribunal
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
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