Partes:
Enmiendas a la Regla 5 del Reglamento del Tribunal Supremo
Ponente:
Resolución del Tribunal y Votos Particulares Disidentes
Materia:
Resolución del Tribunal y Votos Particulares Disidentes
Número de Caso:
ER-2010-01
Año:
2010
Fecha:
9 de marzo de 2010
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico que enmienda la Regla 5 de su Reglamento. La enmienda a la Regla 5(a) cambia la asignación de la redacción de opiniones o sentencias tras una votación del Pleno. Ahora, el Juez Asociado de mayor antigüedad que haya votado con la mayoría realizará la asignación, en lugar del Juez Presidente. Este cambio busca asegurar que la asignación recaiga en quien comparte el criterio mayoritario para facilitar la redacción de la opinión del Tribunal. Se señala que esta práctica es común en el Tribunal Supremo Federal y en varios estados. La enmienda a la Regla 5(b) aclara el requisito de circulación de ponencias antes de su certificación. Se añade texto para enfatizar que ninguna ponencia será certificada sin haber sido previamente circulada entre todos los integrantes del Tribunal. Esta aclaración busca evitar situaciones como la ocurrida en el caso Domínguez Castro, donde ponencias disidentes se certificaron sin circular. Ambas enmiendas se aprueban conforme a la autoridad constitucional del Tribunal.
| Enmiendas a la Regla 5 del Reglamento del Tribunal Supremo | 2010 TSPR 27 |
|---|---|
| 178 DPR |
Número del Caso: ER-2010-1
Fecha: 9 de marzo de 2010
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Enmiendas a la Regla 5 del Reglamento del Tribunal Supremo ER-2010-1
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de marzo de 2010.
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