Partes:
Enmienda a la Regla 21 de las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Resolución del Tribunal
Número de Caso:
ER-2009-002
Año:
2009
Fecha:
10 de agosto de 2009
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió la Resolución ER-2009-002 (2009 TSPR 128) el 10 de agosto de 2009. Mediante esta resolución, se enmienda la Regla 21 de las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia. La enmienda responde a la necesidad de conformar la regla con la legislación vigente sobre la confidencialidad del número de seguro social. Para ello, se elimina el Inciso B de la mencionada Regla 21. La Regla 21 enmendada establece los requisitos para la firma de alegaciones, mociones y otros escritos. Los abogados deben firmar con su nombre, dirección física y postal, teléfono, facsímil, correo electrónico y número de colegiado. En el primer escrito, el abogado debe notificar la dirección y teléfono de la parte que representa, informando diligentemente cualquier cambio. Las partes sin representación legal firmarán con su dirección y teléfono. La regla también recuerda la obligación de cancelar los aranceles requeridos por ley. Esta Resolución tiene vigencia inmediata.
| In re: | 2009 TSPR 128 |
|---|---|
| Enmienda a la Regla 21 de las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia | 176 DPR |
Número del Caso: ER-2009-02
Fecha: 10 de agosto de 2009
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
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