Partes:
ENMIENDA A LAS REGLAS 29 Y 30 DE LAS REGLAS PARA LA ADMINISTRACION DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
ER-2004-6
Año:
2004
Fecha:
1 de diciembre de 2004
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución para enmendar las Reglas 29 y 30 de las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia. Estas enmiendas buscan atemperar las reglas a la Ley Núm. 281 de 2003, conocida como "Ley para la Administración del Servicio de Jurado de Puerto Rico". La Regla 29, sobre el Registro Matriz de Jurados, establece que el Director del Negociado para la Administración preparará dicho registro. Para su elaboración, se utilizarán diversas listas públicas como las electorales, de conductores y de abonados de servicios básicos, buscando representar a todos los sectores de la comunidad. El Director determinará el número y la distribución de jurados en el registro matriz según las necesidades regionales. La Regla 30, referente a la Selección de Jurados para un Juicio, dispone que el Director preparará la lista de jurados para un caso específico a solicitud de un juez. Esta lista deberá contener la información reglamentada y entregarse a las partes y al tribunal tres días antes de la desinsaculación. Estas enmiendas entrarán en vigor el 1 de julio de 2004.
| Enmienda a las Reglas 29 y 30 de las | 2004 TSPR 85 |
|---|---|
| Reglas para la Administración del | |
| Tribunal de Primera Instancia | 161 DPR |
Número del Caso: ER-2004-6
Fecha: 1 de junio de 2004
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
Enmienda a las Reglas 29 y 30 de las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia ER-2004-6
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