Partes:
IN RE: ENMIENDA A LAS REGLAS PARA LA ADMINISTRACION DEL TRIBUNAL, ETC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
ER-2001-01
Año:
2001
Fecha:
16 de diciembre de 2001
Se enmiendan las Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico. La enmienda añade una nueva Regla 42 y renumerar las reglas subsiguientes. El propósito es aclarar el procedimiento para atender solicitudes de órdenes de protección y uniformar las normas para las intercesoras e intercesores en casos de violencia doméstica. La nueva Regla 42 dispone que las órdenes de protección bajo la Ley Núm. 54 serán atendidas por el Juez Municipal ante quien se presenten, sin sujeción a las reglas de competencia y traslado del procedimiento civil. Además, autoriza a intercesoras o intercesores cualificados a acompañar a las víctimas durante el proceso judicial. La cualificación requiere adiestramiento o estudios acreditados y autorización escrita del Director Administrativo de los Tribunales. La función de los intercesores es proveer apoyo emocional, orientación y asistencia, excluyendo el asesoramiento o la representación legal. Esta Resolución tiene vigencia inmediata.
| In re: Enmienda a las Reglas para la Administración
del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico
del 30 de junio de 1999 | 2001 TSPR 17 |
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Número del Caso: ER-2001-01
Fecha: 16/febrero/2001
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
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