Partes:
Enmienda a los Artículos 15.5 y 18.0 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Enmienda a Reglamento
Número de Caso:
EP-2006-0001
Año:
2006
Fecha:
10 de mayo de 2006
Esta resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico enmienda el Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial. Se modifica el Artículo 15.5, que regula las cesantías de personal. Las cesantías pueden ocurrir por falta de fondos, trabajo, necesidad de economías, reducción de personal, reposición de empleado o certificación. El proceso de cesantía se basa en el orden inverso de antigüedad y eficiencia, considerando primero el servicio en la clase y luego el tiempo total en el Servicio Uniforme. Se establece un orden de prelación por tipo de empleado: transitorios, provisionales, probatorios y regulares. Se requiere notificar por escrito al empleado afectado con al menos quince días de antelación. Antes de decretar cesantías, se deben agotar esfuerzos para retener al personal mediante reasignaciones, traslados o descensos. En casos de falta de fondos, se explorarán alternativas como licencia sin sueldo o reducción de jornada laboral. El documento también indica una enmienda al Artículo 18.0, aunque su contenido no se detalla aquí.
| Enmienda a los Artículos 15.5 y 18.0 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial | 2006 TSPR 82 |
|---|---|
| 167 DPR |
Número del Caso: EP-2006-1
Fecha: 10 de mayo de 2006
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
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