Partes:
In re:
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Resolución del Tribunal
Número de Caso:
EM-20101
Año:
2010
Fecha:
5 de enero de 2010
Esta Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la implementación de las Leyes Núm. 121 y 135 de 2009, que derogaron la colegiación compulsoria al Colegio de Abogados. El Tribunal podrá establecer una cuota anual de hasta $200 para los abogados no afiliados voluntariamente, cuya recaudación y distribución se regulará posteriormente. Se recuerda a los abogados la obligación de utilizar su número de identificación asignado por el Tribunal (RUA) en todos los documentos judiciales. La Secretaría del Tribunal ya ha notificado estos números a los profesionales. El Colegio de Abogados debe informar al Tribunal los nombres de los abogados afiliados voluntariamente y remitir los expedientes de quienes no se afiliaron. Se aclara que las disposiciones sobre la fianza notarial no fueron modificadas. El Colegio de Abogados debe continuar ofreciendo la fianza notarial a todo abogado que la solicite, independientemente de su afiliación voluntaria, ya que la Ley Notarial y el Fondo Especial para fianzas no cambiaron.
| In re: | |
|---|---|
| Implantación de la Ley del | 2010 TSPR 1 |
| Colegio de Abogados, Ley Núm. | |
| 43 de 14 de mayo de 1932, | 177 DPR ______ |
| según enmendada por las Leyes | |
| Núm. 121 de 13 de octubre de | |
| 2009 y Núm. 135 de 6 de | |
| noviembre de 2009 |
Número del Caso: EM-2010-1
Fecha: 5 de enero de 2010
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a l...
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