Partes:
In re: Enmienda a la Regla 6.2 del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Enmienda al Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
Número de Caso:
EJ-2007-0008
Año:
2007
Fecha:
19 de octubre de 2007
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución enmendando la Regla 6.2.1 del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría. Esta enmienda modifica los requisitos de documentación que deben acompañar la solicitud, específicamente en cuanto a los certificados de antecedentes penales. Los aspirantes deben presentar un certificado de la Policía de Puerto Rico expedido dentro de los noventa días anteriores a la fecha de solicitud. Además, si un aspirante ha vivido, residido o estudiado fuera de Puerto Rico por seis meses consecutivos o más en los últimos diez años, deberá proveer un certificado de antecedentes penales o su equivalente de esos lugares. Las visitas periódicas a Puerto Rico u otros lugares no interrumpen este período de seis meses. Las solicitudes deben incluir el o los certificados requeridos o prueba de haber iniciado las gestiones para obtenerlos. La regla permite una declaración jurada en sustitución del certificado foráneo bajo circunstancias específicas, como la imposibilidad de tramitar el documento por falta de proceso, razones políticas, o gestiones diligentes pero infructuosas. Un certificado foráneo presentado previamente para admisión no se requerirá nuevamente para readmisión a menos que el aspirante haya vuelto a vivir fuera de Puerto Rico por seis meses o más.
| In re, | 2007 TSPR 183 |
|---|---|
| Enmienda a la Regla 6.2 del | |
| Reglamento para la Admisión de | 172 DPR |
| Aspirantes al Ejercicio de la | |
| Abogacía y la Notaria |
Número del Caso: EJ-2007-8 Fecha: 19 de octubre de 2007
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