Partes:
Torres Montalvo v. Hon. Alejandro García Padilla
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Materia:
Derecho Constitucional: Legitimación activa para presentar un caso y controversia. Facultad del Gobernador de nombrar a la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo. Procedimiento Civil: Imposición de honorarios por temeridad. Regla 44.1 de Procedimiento Civil
Número de Caso:
CT-2016-3
Año:
2016
Fecha:
7 de marzo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una controversia sobre la facultad constitucional para nombrar al Juez Presidente del Tribunal. El caso surge en el contexto de rumores públicos sobre la posibilidad de que los Jueces Asociados pudieran realizar dicho nombramiento tras el retiro de titulares anteriores. El peticionario impugna la acción del Gobernador al nominar a la Jueza Asociada Maite D. Oronoz Rodríguez para el cargo. La opinión judicial desmiente categóricamente las especulaciones sobre la potestad de los Jueces Asociados para nombrar al Presidente. Reafirma que la Constitución otorga esta facultad de nombramiento exclusivamente al Gobernador, sujeto al consejo y consentimiento del Senado. El Tribunal también evalúa la legitimación activa del peticionario para iniciar el pleito. Finalmente, considera la aplicación de la Regla 44.1 de Procedimiento Civil para la imposición de honorarios por temeridad.
| Hiram Torres Montalvo Peticionario v. | 2016 TSPR 38 |
|---|---|
Hon. Alejandro García Padilla, Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Recurrido | 194 DPR |
Número del Caso: CT-2016-3
Fecha: 7 de marzo de 2016
Abogados de la parte Peticionaria: Lcdo. Hiram Torres Montalvo Lcdo. Fernando Tarafa Irizarry Lcdo. Luis D. García Fraga
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Laura W. Robles Vega Procuradora General Auxiliar
Materia: Derecho Constitucional - Legitimación activa para presentar un caso y c...
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