Partes:
Quílez-Velar y otros v. Ox Bodies, Inc.
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Materia:
Responsabilidad civil extracontractual – Deudor solidario puede valerse del límite de responsabilidad estatutaria que cobija a un municipio codeudor, en la porción de la deuda que sea atribuible a ese municipio.
Número de Caso:
CT-2016-10
Año:
2017
Fecha:
31 de agosto de 2017
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico respondiendo una pregunta certificada de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito. La cuestión central aborda la responsabilidad civil extracontractual. Específicamente, analiza si un deudor solidario puede valerse del límite de responsabilidad estatutario que cobija a un municipio codeudor. Esto aplicaría a la porción de la deuda que sea atribuible a ese municipio. El Tribunal considera esta controversia como una cuestión novedosa de derecho puertorriqueño que requiere su dilucidación. El caso subyacente se origina en un accidente fatal ocurrido en 2010, donde un camión del Municipio de San Juan estuvo involucrado. Los familiares de la víctima presentaron una demanda por daños y perjuicios contra el Municipio, su aseguradora y otros. La aseguradora del Municipio consignó la cantidad de $500,000, representando el tope de su seguro de responsabilidad. La decisión del Tribunal Supremo dilucida el efecto de este límite en la responsabilidad de los demás codeudores solidarios en la acción de daños.
Número del Caso: CT-2016-10
Fecha: 31 de agosto de 2017
Certificación proveniente de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito.
Abogados de los Peticionarios: Lcdo. José Luis Ubarri García Lcdo. David W. Román Rodríguez Lcdo. Luis R. Mena Ramos Abogados de los Recurridos: Lcdo. Francisco J. Colón Pagán Lcdo. Francisco E. Colón Ramírez
Materia: Responsabilidad civil extracontractual - Deudor solidario puede valerse del límite de responsabilidad estatutaria que cobija a un municipio codeudor, en la porción de la deuda que sea atribuible a ese municipio.
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