Partes:
Mundo Ríos v. Comisión Estatal de
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Código Electoral para el Siglo XXI – Entrega de lista de Electores Excluidos (“I-8”) para comicios electorales de noviembre 2012
Número de Caso:
CT-2012-20
Año:
2012
Fecha:
3 de noviembre de 2012
Este caso de Certiorari ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico enfrenta al Comisionado Electoral del Partido Nuevo Progresista contra la Comisión Estatal de Elecciones y otros comisionados electorales. La controversia surge a pocos días de las elecciones generales de noviembre de 2012. El asunto central es la entrega y el uso de la lista de electores excluidos (lista I-8). Específicamente, se cuestiona si esta lista debe estar disponible en los colegios de electores que votan añadidos a mano. También se debate si los electores que figuran en la lista I-8 tienen derecho a votar en dichos colegios. El Tribunal interpretó el Manual de Procedimientos para las Elecciones para resolver estas interrogantes. La decisión establece que la lista I-8 sí debe estar presente en los colegios de añadidos a mano. Sin embargo, el Tribunal dictaminó que los electores que aparecen en la lista I-8 no pueden votar en esos colegios, buscando salvaguardar la pureza del proceso electoral.
| Edwin Mundo Ríos, en su capacidad como Comisionado Electoral del Partido Nuevo Progresista | |
|---|---|
| Peticionario | |
| v. | |
| Comisión Estatal de Elecciones; Héctor Jaime Conty Pérez, en su capacidad como Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones; | |
| Eder Ortiz Ortiz, en su capacidad como Comisionado Electoral del | Certiorari |
| Partido Popular Democrático; | 2012 TSPR 166 |
| Roberto Iván Aponte Berríos, en su capacidad como Comisionado Electoral del Partido | 187 DPR |
| Independentista de Puerto Rico; Julio Fontanet Maldonado, en su capacidad como Comisionado... |
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