Partes:
ZAMBRANA TORRES V. SERGIO L. GONZALEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CT-1997-1
Año:
1998
Fecha:
10 de diciembre de 1998
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una certificación con una opinión sobre la interpretación del Art. 21 del Reglamento de Personal de la Autoridad de Carreteras. Dicho artículo, basado en la Ley de Personal, establece una prohibición absoluta de transacciones de personal, como nombramientos o traslados. Esta prohibición rige durante los dos meses previos y los dos meses posteriores a las Elecciones Generales. Su finalidad es asegurar la aplicación del principio de mérito en el servicio público durante períodos electorales. No obstante, la norma contempla una excepción a esta regla general. Se permiten transacciones si abstenerse de realizarlas afectaría adversamente servicios esenciales. Para acogerse a la excepción, se requiere la aprobación previa del Director Ejecutivo y del Secretario. La solicitud de excepción debe detallar los efectos adversos que se evitarían.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| ROXANA M. ZAMBRANA TORRES | |
|---|---|
| Demandante-Peticionaria | Certificación |
| .V | 98TSPR65 |
| SERGIO L. GONZALEZ Y OTROS | |
| Demandado-Recurrido |
Número del Caso: CT-97-1 Abogados Parte Peticionaria: Lcdo. Harry Anduze Montaño Abogados Parte Recurrida: Lcdo. Luis R. Pérez Giusti U.S. DISTRICT COURT
Fecha: 6/10/1998 Materia: CERTIFICACION
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