Partes:
In re: Virgilio J. González Pérez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por el término de tres meses por violación a los Arts. 2, 12, 56 y 59 de la Ley Notarial de Puerto Rico; las Reglas 12, 67 y 72 del Reglamento Notarial de Puerto Rico y los Cánones 18, 35 y 38 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2021-7
Año:
2022
Fecha:
25 de enero de 2022
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario para evaluar la conducta del Lcdo. Virgilio J. González Pérez. Se le imputó autorizar un traspaso de vehículo sin la presencia ni autorización del vendedor. La queja se originó de un contrato de préstamo con garantía prendaria donde títulos de vehículos fueron transferidos indebidamente. El Tribunal concluyó que el licenciado quebrantó Arts. 2, 12, 56 y 59 de la Ley Notarial, Reglas 12, 67 y 72 del Reglamento Notarial, y Cánones 18, 35 y 38 del Código de Ética Profesional. Por estos hechos, se ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es por un periodo de tres meses. Esta medida disciplinaria fue efectiva a partir del 25 de enero de 2022.
| In re: | |
|---|---|
| Virgilio J. González Pérez | 2022 TSPR 09 |
| (TS-15,218) | 208 DPR |
Número del Caso: CP-2021-0007
Fecha: 25 de enero de 2022
Oficina del Procurador General: Lcdo. Omar Andino Figueroa Subprocurador General Lcda. Noemí Rivera de León Procuradora General Auxiliar
Abogado del querellado: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - Suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por el término de 3 meses por violación a los Arts. 2, 12, 56 y 59 de la Ley Notarial de Puerto Rico; las Reglas 12, 67 y 72 del Reglamento Notarial de Puerto Rico y los Cán...
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