Partes:
In re: Daniel Santiago Rojas
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por el término de un (1) año por infringir los Cánones 18, 35 y 38 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2020-0006
Año:
2025
Fecha:
26 de marzo de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata del Lcdo. Daniel Santiago Rojas del ejercicio de la abogacía por un término de un año. Esta sanción responde a infracciones a los Cánones 18, 35 y 38 del Código de Ética Profesional, los cuales regulan la competencia, la sinceridad y la preservación del honor de la profesión. Los hechos se originaron tras una queja que denunciaba el uso no autorizado del nombre de otro abogado en un documento similar a una escritura de compraventa. El querellado, quien no estaba autorizado para ejercer la notaría, representó falsamente ante los comparecientes que el negocio jurídico se otorgaba ante dicho profesional. El tribunal tomó en cuenta que el abogado ya contaba con un historial disciplinario previo, habiendo sido suspendido en 2012 y reinstalado únicamente a la abogacía en 2015. La decisión enfatiza que el comportamiento fraudulento del licenciado Santiago Rojas constituye una falta grave a la integridad que se espera de los miembros del foro. Con esta determinación, el Tribunal reafirma su obligación de disciplinar conductas antiéticas que afectan la confianza pública en el sistema de justicia.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CP-2020-0006
Fecha: 26 de marzo de 2025
Oficina del Procurador General:
Lcdo. Pedro A. Vázquez Montijo Subprocurador General
Lcda. Mabel Sotomayor Hernández Subprocuradora General
Lcda. Celia M. Molano Flores Procuradora General Auxiliar
Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Lcda. Melanie M. Mercado Méndez Procuradora General Auxiliar
Representante legal del querellado:
Lcdo. Norberto Galíndez Rivera
Comisionada Especial:
Hon. Isabel Llompart Zeno
Materia: Conducta Profesional - Susp...
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