Partes:
In re: Francisco Joubert Lugo
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por el término de tres meses por violación a los Cánones 9, 12, 18, 19 y 38 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
CP-2017-18
Año:
2022
Fecha:
14 de junio de 2022
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Francisco Joubert Lugo. Se ordena su suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por el término de tres meses. La sanción se impone por violaciones a los Cánones 9, 12, 18, 19 y 38 del Código de Ética Profesional. El abogado había sido suspendido previamente por incumplir con educación jurídica continua y fue reinstalado a la abogacía en 2019. La queja que motivó esta suspensión (AB-2015-0211) fue reactivada tras su reinstalación. Dicha queja se relaciona con su representación de una cliente, la Sra. Edna Vázquez Bonnet, en un caso de daños y perjuicios iniciado en 2006, cuya representación asumió en 2013. El tribunal detalla los antecedentes fácticos que sustentan su dictamen disciplinario.
| In re: | |
|---|---|
| 2022 TSPR 75 | |
| Francisco Joubert Lugo | 209 DPR |
| (TS-10,698) |
Número del Caso: CP-2017-18
Fecha: 14 de junio de 2022
Oficina del Procurador General: Lcdo. Joseph Feldstein Del Valle Subprocurador General Lcda. Mabel Sotomayor Hernández Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Abogado del Querellado: Por derecho propio
Comisionado Especial: Erick J. Ramírez Nazario
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por el término de tres meses por violación a los Cánones 9, 1...
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