Partes:
In re. Maritza Ortiz Sánchez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por el término de tres meses por violación a los Cánones 9, 11, 35 y 38 del Código de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2016-2
Año:
2019
Fecha:
29 de enero de 2019
Este es un dictamen del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional de la Lcda. Maritza Ortiz Sánchez. El Tribunal determinó que la Lcda. Ortiz Sánchez violó varios Cánones de Ética Profesional. Estas violaciones incluyeron enviar una copia de una moción directamente a un oficial jurídico a través de LinkedIn sobre su propio caso. También respondió de manera irrespetuosa a la advertencia del oficial sobre su conducta. Además, durante el procedimiento disciplinario, no fue sincera e intentó inducir a error al tribunal. El Tribunal concluyó que su comportamiento ameritaba acción disciplinaria. Por consiguiente, el Tribunal Supremo ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por un término de tres meses. La suspensión fue efectiva el 8 de febrero de 2019, fecha en que fue notificada.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 16 | |
| Maritza Ortiz Sánchez | 201 DPR |
Número del Caso: CP-2016-2 (TS-19,522)
Fecha: 29 de enero de 2019
Oficina del Procuradora General: Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcdo. Joseph Feldstein del Valle Subprocurador General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar Lcda. Carmen Riera Cintrón Procuradora General Auxiliar Abogado de la parte querellada: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 8 de febrero de 2019. Fecha en que se le notificó a la abogada de su suspens...
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